La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva ha condenado, tras alcanzar una conformidad entre las partes, a un temporero de 35 años y sin antecedentes penales, a una pena de siete años y medio de prisión como autor de un delito de homicidio, pero con la atenuante de legítima defensa incompleta, al considerar probado que este hombre apuñaló a otro en la madrugada del 1 de enero de 2014, tras una riña, en una finca en El Campillo.
De acuerdo a la sentencia, se le impone, a su vez, la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros o comunicarse por cualquier medio con el padre, la esposa y los familiares consanguíneos de la víctima durante diez años. Del mismo modo, tendrá que indemnizar al padre de la víctima con la cantidad de 9.586 euros; a la mujer con 115.035 y a cada uno de sus dos hijos con 47.931 euros.
El juez considera probado que, en la madrugada del día 1 de enero de 2014, un hombre en estado de embriaguez acudió a una de las viviendas en las que moraban varios trabajadores de la finca, entre ellos, el condenado y la víctima. El condenado trató de impedir que la víctima accediera al cuarto de su compañero de hogar, momento en el que se produjo una discusión y éste recibió varios golpes por parte del fallecido, que se hizo con una gran parrilla de hierro para continuar con el enfrentamiento, momento en el que el condenado se armó con un cuchillo de grandes dimensiones tratando de protegerse de una nueva agresión y se lo clavó en el pecho a la altura del corazón, provocándole la muerte.
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