La estafa de Afinsa provocó un perjuicio económico de 1.928 millones

FACUA reitera su petición de 24 años de cárcel para los autores del fraude

FACUA representa en este juicio a más de mil afectados por la estafa en inversiones filatélicas

 

La estafa en inversiones filatélicas conocida por el ‘fraude de Afinsa’, habría provocado un perjuicio económico a los afectados de unos 1.928 millones de euros, según indicó en su auto de procesamiento el juez Santiago Pedraz.

El juicio contra los directivos de Afinsa comenzó en la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en noviembre de 2015, un año después de que el juez Pedraz terminase la instrucción, abierta desde 2006, y dictase el auto de procesamiento.

Pedraz indicó, en su auto de procesamiento que la actividad de Afinsa pudo ocasionar un perjuicio económico cuantificado en 1.928 millones de euros a través de la puesta en marcha de un negocio «ruinoso» e «inviable» creado mediante «una operativa piramidal». La compañía contaba en abril de 2006, momento en que se presentó la querella en su contra, con 190.022 clientes, y se encontraba «en una situación de absoluta insolvencia, conocida por los responsables que, además, se esforzaron en ocultarlo para mantener la continuidad y el fraudulento negocio».

FACUA-Consumidores en Acción reitera ahora su petición de 24 años de cárcel y 20 millones de euros en concepto de responsabilidad civil para los autores de este fraude. Así lo ha comunicado la asociación en el escrito de conclusiones finales presentado ante la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, donde tiene lugar el juicio a los responsables de la entidad financiera desde el pasado mes de noviembre de 2015.

FACUA representa en este juicio a más de mil afectados por la estafa piramidal en inversiones filatélicas y otros bienes tangibles que llevaron a cabo los responsables de Afinsa, empresa que operó entre 1980 y 2006. La asociación es una de las partes personadas como acusación particular. En su escrito de conclusiones finales, FACUA ratifica íntegramente su escrito de acusación, «al entender que ha quedado suficientemente acreditado» durante el procedimiento que los hechos enjuiciados «son constitutivos de un delito de estafa cualificada, insolvencia punible, falseamiento de cuentas anuales, blanqueamiento de capitales, delito contra la hacienda pública y un delito publicitario».

En su escrito de calificación, la asociación ya indicó que «los consumidores afectados a los que FACUA representa han visto dilapidado su patrimonio con la pérdida de las cantidades dinerarias invertidas en Afinsa así como los intereses que supuestamente tal inversión debería haberles proporcionado».

En concreto, FACUA solicita 24 años de cárcel para el presidente de Afinsa, Juan Antonio Cano Cuevas, y los directivos Albertino de Figueiredo Nascimento, Carlos de Figueiredo Escribá, Vicente Martín Peña, Emilio Ballester López, Joaquín José Abajo Quintana, Ramón Egurbide Urigoitia y Esteban Pérez Herrero. La asociación les acusa de los delitos de estafa continuada, blanqueo de capitales, insolvencia punible, falseamiento de cuentas anuales, delito contra la Hacienda Pública y publicidad engañosa, así como de perjuicios patrimoniales y morales sufridos por las víctimas. Además de estos directivos, la asociación pide penas similares a otros responsables de la entidad.

Publicidad engañosa

Tanto en sus recientes conclusiones finales como en el escrito de calificación presentado en el inicio del juicio, la asociación hace especial hincapié en el delito de publicidad engañosa cometido por los responsables de Afinsa, tipificado en el artículo 282 del Código Penal, dado que los encausados comercializaron las inversiones filatélicas como un producto seguro, que produciría unas ganancias a los compradores, sabiendo que no era así y que, por tanto, estaban engañando a los consumidores.

FACUA recuerda, en sus conclusiones finales, que en Afinsa «sólo pudieron tener un elevado número de clientes que les permitiese sostener la estafa piramidal a través de la publicidad». Y añade: «los consumidores pensaban que estaban accediendo a un negocio financiero con una inversión cien por cien segura, de forma similar a un depósito ordinario. Si el negocio no hubiera sido publicitado como una inversión financiera segura, la práctica totalidad de los afectados que son pequeños consumidores y usuarios sin conocimientos financieros, no habrían invertido sus ahorros en este modelo de negocio».

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