Condenado en Huelva por acusar falsamente a su expareja de secuestrar a su hija y de intento de asesinato

Fachada de la Audiencia Provincial de Huelva

La Audiencia de Huelva ha confirmado la condena de 22 meses de prisión para un hombre que durante meses envió correos electrónicos a medios de comunicación, organismos oficiales y cuerpos de seguridad en los que acusaba falsamente a su expareja de haber secuestrado a su hija, intentar asesinarlo y formular denuncias falsas contra él. Los hechos han sido calificados como un delito continuado de calumnias con publicidad en el ámbito de la violencia de género.

La sentencia impone además al condenado una orden de alejamiento de 500 metros respecto de la víctima y el pago de 3.000 euros de indemnización por los daños causados. La pena de prisión queda suspendida durante dos años, condicionada a que no reincida.

El tribunal considera probado que el hombre mantuvo una relación sentimental con la mujer, con la que tiene una hija en común de nueve años, y que tras la ruptura existía una sentencia que regulaba la guarda y custodia, el régimen de visitas y la pensión de alimentos. El fallo recuerda, además, que el acusado cuenta con antecedentes penales por un delito de violencia sobre la mujer, dictado por un juzgado de Córdoba.

El condenado remitió desde su cuenta personal un correo electrónico a múltiples destinatarios en el que aseguraba que su hija había sido “secuestrada por su misma madre” y reclamaba que le fuera retirada la custodia por haber interpuesto supuestas denuncias falsas contra él.

Además, el hombre afirmaba que su expareja había intentado matarlo con “un cuchillo enorme”, que él había salido “totalmente absuelto al menos cinco veces” de denuncias falsas y que era víctima de palizas y malos tratos por parte de ella. Ninguna de estas afirmaciones había sido objeto de denuncia previa ni contaba con respaldo judicial alguno.

La sentencia recoge que la mujer sufrió ansiedad e inestabilidad emocional como consecuencia directa de esta campaña de descrédito y que tuvo que recibir atención psicológica para poder afrontar la situación.

Tras ser condenado en primera instancia, el acusado recurrió el fallo, pero la Audiencia Provincial de Huelva ha desestimado sus argumentos. El tribunal subraya que las calumnias presentan un “suficiente nivel de lesividad”, al atribuir a la víctima delitos de extrema gravedad, con un alto reproche penal y social, y hacerlo además facilitando datos personales y de su lugar de trabajo.

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