Claves de la jubilación anticipada para autónomos

A partir de 2022 se computarán las cotizaciones de los últimos 25 años

Los autónomos también pueden jubilarse anticipadamente.

El tiempo total cotizado y la cantidad total de pensión a cobrar son los dos requisitos

El acceso a la jubilación en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tiene condiciones similares que en el Régimen General. Sin embargo, existen ciertas especificaciones en el caso de la jubilación anticipada en trabajadores autónomos.

 En primer lugar, la Ley establece que podrán acceder a la jubilación anticipada los autónomos que hayan sido mutualistas a 1 de enero de 1967 y que a lo largo de su vida laboral hayan cotizado tanto en el régimen general como en el RETA.

Asimismo, según la Asociación de Empresarios de Daimiel (Ciudad Real), los autónomos también podrán acceder a una jubilación anticipada, dos años antes de la edad legal de jubilación, siempre que acrediten un periodo mínimo de cotización de 35 años y la pensión resultante sea superior a la pensión mínima que le correspondería una vez cumpliera los 65 años.

Tramos de cotización

En este sentido, los autónomos que se acojan a la jubilación anticipada deberán aplicar un coeficiente reductor en la pensión según el tiempo cotizado. Así, el baremo de cálculo se llevará a cabo en el tramo que abarca entre menos de 38 años y seis meses, en primer lugar; y entre 38 años y seis meses y 41 años y seis meses, en segundo lugar. El tercer tramo abarca entre 41 años y 6 meses y entre 44 años y 6 meses. Por último, se encuentra el tramo que abarca 44 años y 6 meses o más de cotización.

 Con respecto al cálculo de la pensión, a partir de 2022 se computarán las cotizaciones de los últimos 25 años. Hasta que llegue ese momento el periodo de referencia irá aumentando de manera gradual cada año.

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