El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta de la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dolors Montserrat, el Real Decreto-ley por el que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, para transponer la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014.
Este Real Decreto-Ley es un paso más hacia la culminación de la trasposición de la normativa europea de tabaco, la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, con el objetivo de “avanzar en la protección de la salud de los fumadores de tabaco y productos relacionados e, indirectamente, de los fumadores pasivos”.
Las principales novedades que introduce este Real Decreto-ley son las limitaciones a la venta a distancia de los dispositivos susceptibles de liberar nicotina, como son los cigarros electrónicos, y envases de recarga. Además, se equipara la publicidad, la promoción y el patrocinio de estos dispositivos a las de los productos del tabaco.
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha recordado que nuestra Ley prohíbe la venta a distancia transfronteriza para productos de tabaco y ahora con este Real Decreto Ley se incluye la prohibición de la venta a distancia transfronteriza también para dispositivos susceptibles de liberación de nicotina (cigarrillos electrónicos y envases de recarga). “Esto supone aplicar criterios similares en la comercialización de productos de tabaco y de dispositivos susceptivos de liberación de nicotina, por la especial atención a la protección de la salud que pretendemos dar a determinados grupos de población, principalmente jóvenes”.
Asimismo, se recoge el régimen de infracciones con el fin de contemplar los incumplimientos a las nuevas obligaciones que se introducen con este Real Decreto-Ley y con el Real Decreto por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, que fue aprobado en junio.
Esta trasposición de la normativa europea ya se incorporó en su mayor parte (al 95%) al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 579/2017, de 9 de junio, por el que se regulan determinados aspectos relativos a la fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados.
La culminación de la trasposición requiere que las modificaciones introducidas temporalmente por este Real Decreto-Ley se hagan con rango de Ley, que es el objetivo final del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Este Real Decreto-Ley introduce, entre las novedades principales, las limitaciones a la venta a distancia de los dispositivos susceptibles de liberar nicotina (cigarros electrónicos y envases de recarga), y equipara la publicidad, la promoción y el patrocinio de estos dispositivos a las de los productos del tabaco
“Al equiparar ciertas restricciones entre los productos de tabaco, ya contempladas en la ley vigente, con los cigarrillos electrónicos y envases de recarga, y al aplicar criterios similares en la comercialización de estos productos, vamos a mejorar la protección de la salud, principalmente a los jóvenes”
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