
Así, de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la comunidad autónoma, para el año 2021 se establecen como días festivos en Andalucía, coincidiendo con festivos nacionales, el 6 de enero, Epifanía del Señor, y el 1 de abril, Jueves Santo, por ser festividades tradicionales en la región, además del 28 de febrero, Día de Andalucía.
A estos días elegidos como fiestas de ámbito autonómico, se añaden las fiestas de ámbito nacional correspondientes a Año Nuevo, 1 de enero; Viernes Santo, 2 de abril; Fiesta del Trabajo, 1 de mayo; Día de la Asunción de la Virgen, 15 de agosto; Fiesta Nacional de España, 12 de octubre; Día de Todos los Santos, 1 de noviembre; Día de la Constitución, 6 de diciembre; Día de la Inmaculada, 8 de diciembre, y Natividad del Señor, 25 de diciembre.
En relación con las fiestas correspondientes a los días 28 de febrero -Día de Andalucía- y 15 de agosto -Día de la Asunción de la Virgen- por coincidir con domingo, se trasladan al lunes inmediato posterior, es decir, 1 de marzo y 16 de agosto, respectivamente.
De este modo, la relación queda como sigue:
- 1 de enero (viernes)
- 6 de enero (miércoles)
- 1 de marzo (lunes)
- 1 de abril (jueves)
- 2 de abril (viernes)
- 1 de mayo (sábado)
- 16 de agosto (lunes)
- 12 de octubre (martes)
- 1 de noviembre (lunes)
- 6 de diciembre (lunes)
- 8 de diciembre (miércoles)
- 25 de diciembre (sábado)
A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación del Decreto que establece el calendario laboral 2021 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.


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